PRESENTACION DE INFORMES DE CARRERA DEL PERSONAL DE APOYO – 2021

 

El Directorio de CONICET visto el dictado de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 y 297/2020, sus modificatorios y normas complementarias, resolvió con relación a la convocatoria de la presentación de Informes Reglamentarios para los miembros de la Carrera del Personal de Apoyo correspondientes al período 2020, lo siguiente:

Las presentaciones se realizarán de acuerdo al grado de avance permitido por la emergencia pública en materia sanitaria, teniendo en cuenta la situación excepcional padecida a partir del 20 de marzo de 2020 y regulada por las normas citadas precedentemente.

En virtud de la emergencia señalada, los informes que se presenten tendrán el carácter de “aceptable”. Este criterio no se aplicará en los siguientes casos:

a) Los miembros de la Carrera del Personal de Apoyo (CPA) que adeuden informes de convocatorias anteriores. El carácter de “aceptable” del Informe 2020 se hará efectivo una vez que el Personal de Apoyo cumpla con las obligaciones adeudadas.

b) Personal de Apoyo que posea su último informe “no aceptable”: estarán autorizadas/os a retrasar la presentación de su informe hasta 2022. En caso de presentarlo, el Informe será evaluado de acuerdo al procedimiento regulado en la normativa.

CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE INFORMES

Fecha de Apertura: 01 de septiembre de 2021
Fecha de Cierre: 20 de Septiembre de 2021 (esta fecha incluye la evaluación del Director)

 

CONSIDERACIONES GENERALES:

  • Los Informes se presentarán ÚNICAMENTE en FORMA ELECTRÓNICA a través de SIGEVA.
  • De acuerdo con lo establecido en el Art. 36 del Estatuto de las Carreras (Ley 20.464), “los investigadores responsables elevarán un informe individual anual sobre la labor desarrollada por cada uno de los técnicos que se desempeñan en su jurisdicción”. Esta obligación rige a partir de los 6 meses de haber ingresado a la Carrera.
  • Informes Anuales: Desde el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • Primer informe: En caso de tratarse del primer informe desde su ingreso a la Carrera, deberá incluir en el mismo las actividades desarrolladas desde su ingreso a la Carrera del Personal de Apoyo hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • El miembro de la CPA completará su informe el cual deberá ser enviado electrónicamente al Director, quien realizará la evaluación del informe y la enviará electrónicamente. Ambas presentaciones quedarán firmadas con firma digital. El trámite quedará en estado ENVIADO.
  • Se considerará presentado el informe ante el CONICET una vez que se complete y reciba electrónicamente tanto el informe del CPA como la evaluación del Director.
  • La presentación de informes de los miembros de la carrera del personal de apoyo se lleva a cabo en el marco de lo establecido en la Resolución D. N° 1680/14, y considerando los lineamientos dispuestos por el Directorio del Consejo para el período 2020.
  • La intervención del Comité de Evaluación sólo será en los casos de excepción previstos en los incisos a) y b) del presente, se realizará una vez completado este envío y en las fechas que oportunamente se establezcan.
  • Se informa que desde el módulo denominado “Banco de Datos de Actividades de CyT” que consiste en un reservorio de información para cada usuario del sistema, accesible a lo largo de todo el año, puede registrarse la información necesaria para elaborar los Informes Reglamentarios y solicitudes de Promoción dentro de la Carrera del Personal de Apoyo. Los datos ingresados se migrarán automáticamente al cuerpo de su informe y/o solicitud de promoción facilitando, de esta manera, su preparación.
  • Declaración Jurada de Cargos Externos: Las consultas al respecto se deberán dirigir a: direccionrrhh-ddjj@conicet.gov.ar
  • Se recomienda tener en cuenta el Instructivo para la Convocatoria de Informes CPA 2021.

 

LICENCIAS Y PRESENTACIÓN DE INFORMES:

  • Todo personal de apoyo que se encuentre en uso de licencia al momento de la convocatoria de informes podrá realizar la presentación cuando se reintegre de la misma. Una vez reintegrado deberá comunicarse con la Unidad de Administración correspondiente a su lugar de presentación del informe a fin de coordinar la fecha de entrega.
  • Los miembros de la Carrera del Personal de Apoyo en uso de licencias por becas o pasantías previstas en el Artículo 18, inciso g), punto 3 del Estatuto de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, mantendrán la obligación de presentar los informes reglamentarios con los derechos estatutarios y escalafonarios que los mismos originen.
  • Las licencias sin goce de haberes de acuerdo con lo previsto en el artículo 18° inc. H del Estatuto, licencias establecidas por los Decretos Nros. 260 y 297/2020, COVID19 – Cuidado de adultos mayores a cargo, COVID19 – Cuidado de niños en edad escolar h/12 años, por razones médicas y por maternidad, que gocen los miembros de la Carrera del Personal de Apoyo durante el período anual a informar, serán deducidas de este último. Cuando el período de licencias comprenda seis (6) meses o menos del período informado se mantendrá la obligación de presentar el informe.
  • Toda clase de licencia sin goce de haberes, que comprenda integralmente el período que deba informar, salvo aquellas otorgadas para el uso de becas o pasantías, eximirá al Personal de Apoyo de la presentación de informes y, consecuentemente, no generará ningún derecho.
  • Todas las licencias deberán estar debidamente acreditadas y registradas en el CONICET.

 

CONSULTAS Y CONTACTOS:

Enlaces

Descargas

Instructivo de sincronización entre SIGEVA, Universidades y CVar

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Instructivo para la presentación de Informes

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Listado de CPA que informan 2020

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SOLICITUD DE PROMOCION – CARRERA DEL PERSONAL DE APOYO (CPA) – 2021

El Directorio de CONICET estableció el cronograma de presentación de las solicitudes promoción, para los miembros de la Carrera de la Carrera del Personal de Apoyo.

FECHA DE APERTURA: 20/09/2021
FECHA DE CIERRE: 04/10/2021

  • Las solicitudes de promoción se presentarán ÚNICAMENTE en FORMA ELECTRÓNICA a través de SIGEVA.
  • El miembro de la CPA completará su solicitud de promoción el cual deberá ser enviado electrónicamente al Director, quien realizará la evaluación de la misma y la enviará electrónicamente. Ambas presentaciones quedarán firmadas con firma digital.
  • Se considerará presentada la solicitud de promoción ante el CONICET una vez que se complete y reciba electrónicamente tanto la solicitud del CPA como la evaluación del Director. El trámite deberá quedar en estado: ENVIADO.
  • La solicitud de promoción presentada por el CPA, así como la evaluación del director serán procesadas en la Unidad de Administración correspondiente, de UAT/OCA desde donde se girarán a los Comité de Evaluación.
  • La intervención del Comité de Evaluación se realizará una vez completado este envío y en las fechas que oportunamente se establezcan.
  • Se informa que desde el módulo denominado “Banco de Datos de Actividades de CyT” que consiste en un reservorio de información para cada usuario del sistema, accesible a lo largo de todo el año, puede registrarse la información necesaria para elaborar los Informes Reglamentarios y solicitudes de Promoción dentro de la Carrera del Personal de Apoyo. Los datos ingresados se migrarán automáticamente al cuerpo de su informe y/o solicitud de promoción facilitando, de esta manera, su preparación.

CONSIDERACIONES GENERALES

La presentación de solicitud de promoción de los miembros de la carrera del personal de apoyo se lleva a cabo en el marco de lo establecido en la Resolución D. N° 1680/14.

  • Tiempos de Permanencia para solicitar promoción: Para ascender de una clase a otra se requiere una permanencia mínima de dos (2) años en las clases Artesano Aprendiz, Técnico Auxiliar y Profesional Asistente, y de cuatro (4) años en el resto de las clases que conforman la Carrera del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo. (399/02).
  • Solicitud de Promoción: deberá contener los avances durante el período de permanencia en la categoría teniendo en cuenta el grado de complejidad de las tareas realizadas, la capacitación obtenida, la independencia o autonomía lograda para el planeamiento y realización de trabajos y la capacidad de dirección de grupos técnicos. En el cambio de clase por obtención de título tendrá que describirse la relación entre éste y la función que desempeña el personal de Apoyo.
  • De acuerdo con lo establecido en el Art. 42 del Estatuto de las Carreras (Ley 20.464), “Los miembros de la Carrera del Personal de Apoyo podrán ser promovidos de Clase por el Directorio, previo informe de la Junta Técnica, cuando el grado de especialización alcanzado por el personal corresponda a lo establecido por la Clase a la cual se lo promueve”.

El cambio de Clase es un hecho que eventualmente podrá producirse, pero no se considerará como algo que necesariamente deba ocurrir.

CONSULTAS Y CONTACTOS:


Resultados

Convocatoria 2020

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RESOL-2021-1268-APN-DIR#CONICET

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RESOL-2021-1270-APN-DIR#CONICET

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RESOL-2021-1277-APN-DIR#CONICET

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RESOL-2021-1279-APN-DIR#CONICET

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RESOL-2021-1280-APN-DIR#CONICET

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RESOL-2021-1318-APN-DIR#CONICET

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RESOL-2021-1329-APN-DIR#CONICET

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Enlaces

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Instructivo de sincronización entre SIGEVA, Universidades y CVar

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Instructivo para la presentación de Promociones

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